lunes, 4 de octubre de 1563
Felipe II sobre la instrucción de los indios.
LEY V
Don Felipe II
en Monzón a 4 de octubre de 1563, y a 4 de abril de 1568.
Que los indios sean bien instruidos en la santa fé católica,
y los vireyes, audiencias y gobernadores
tengan de ello muy especial cuidado.
Mandamos y encargamos a nuestros vireyes, audiencias y gobernadores de nuestras Indias, que tengan muy especial cuidado de la conversion y cristiandad de los indios, y que sean bien doctrinados y enseñados en las cosas de nuestra fé católica v ley evangélica, y que para esto se informen si hay ministros suficientes, que enseñen, bautizen y administren los santos sacramentos a los que tuvieren habilidad y suficiencia para recibirlos; y si en esto hubiere alguna falta, lo comunicarán con los prelados de las iglesias de sus distritos, cada uno en el suyo y nos enviaran relacion de ello, y de lo que todos pareciere se debe proveer, para que visto su parecer mandemos lo que convenga; y entre tanto los vireyes, con los oidores y prelados, proveerán lo conveniente; de forma, que por falta de doctrina y ministros que la enseñen, los indios no reciban daño ni perjuicio en sus animas sobre lo cual pondrán toda la diligencia y cuidado que de ellos se confia, con que descargamos nuestra real conciencia, y encargamos la de los ministros.
Fuentes
Recopilación de leyes de los reinos de las Indias
mandadas imprimir y publicar por la Magestad Católica Don Carlos II
Ed. Ignacio Boix, Madrid, 1841
Tomo primero, libro primero, pag. 2